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Admisión a los programas de doctorado

Los requisitos de acceso para realizar estudios de doctorado se recogen en el Real Decreto 99/2011, modificado por el Real decreto 576/2023.

La solicitud de nuevas admisiones en programas de doctorado se realizará a través de la Secretaría Virtual, en los plazos que se establezcan en el Calendario de la Convocatoria general de matrícula. El alumnado cumplimentará los datos personales y de acceso requeridos en la solicitud de admisión, incluyendo en la misma el documento de identidad y copia de la titulación de acceso y, de ser el caso, juntará los documentos adicionales y específicos que se le exijan por parte del programa de doctorado en el que solicita la admisión.

Asimismo cumplimentará en la solicitud de admisión un formulario en el que realizará una declaración jurada de que posee los requisitos de acceso a los estudios de doctorado, sin necesidad de acercar los documentos originales en ese momento, y sin perjuicio del deber de acercarlos en el proceso de matrícula.

Las Comisiones Académicas de los Programas de Doctorado, realizarán la selección del alumnado y publicarán los listados provisionales y definitivos de admitidos y excluidos, de acuerdo con los criterios de selección establecidos en el programa, en la Sede electrónica de la USC y en la Secretaría Virtual del solicitante.

Contra esta resolución el alumnado podrá presentar reclamación ante las Comisiones Académicas en el plazo establecido en la Convocatoria general de matrícula.

 

Requisitos generales

Son aquellos requisitos comunes y mínimos a nivel académico para el acceso a los estudios de doctorado.

Con carácter general, para el acceso a un programa oficial de doctorado será necesario estar en posesión de los títulos oficiales españoles de Grado, o equivalente, y de Máster universitario, o equivalente, siempre que se superaran, por lo menos, 300 créditos ECTS en el conjunto de estas dos enseñanzas.

Además, existen otras posibilidades que permiten el acceso a los estudios oficiales de doctorado, que están reguladas en el artículo 6 del RD 99/2011.

Requisitos específicos y criterios de admisión

Son aquellos que marca cada programa de doctorado en concreto. Para consultarlos están especificados dentro de la web de cada programa.

 

Estudiantes con titulaciones extranjeras

 

1. El alumnado con título extranjero sin homologar podrá solicitar la admisión en los estudios de doctorado siempre que acredite un nivel de formación equivalente al del título oficial español de máster universitario que faculte para el acceso a los estudios de doctorado en el país expendedor del título. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo ni el reconocimiento para otros efectos que los de acceso a estas enseñanzas.

2. Si es necesario, en la solicitud de admisión del estudiante también se incluirá la posibilidad de realizar simultáneamente la solicitud de equivalencia. La CAPD valorará la adecuación académica de los estudios cursados por la persona solicitante, y esta circunstancia tiene que figurar en la propuesta de admitidos en el programa.

3. Las resoluciones de equivalencia constarán en el expediente del estudiante y se podrán certificar como cualquier otro aspecto que lo integre.

4. Los estudiantes se podrán matricular sin esperar a la resolución de equivalencia, pero la validez de su matrícula quedará condicionada a esta declaración.

Podrá solicitar la equivalencia en el correo elecrónico sxa [at] usc.es (sxa[at]usc[dot]es)

En el Servicio de Gestión Académica se puede solicitar la equivalencia de los estudios realizados en el país de origen del doctorando para acceder al doctorado y la equivalencia académica del título de doctor obtenido en una universidad extranjera. Se debe consultar la página de este servicio para más información.

En función del perfil de acceso de un determinado solicitante, el programa de doctorado podrá establecer la necesidad de cursar determinadas actividades formativas que completen los conocimientos del estudiante; esta formación se denomina complementos formativos.

La comisión académica del programa y, en su nombre, el coordinador tendrán que especificar, si procede, los complementos de formación que debe cursar y superar cada doctorando para ser admitido, correspondiéndoles el seguimiento y control de los complementos de formación cursados.

1. Los complementos de formación no podrán superar los 15 ECTS.

2. La realización de estos complementos será previa o simultánea a la matrícula en tutela académica en el programa de doctorado.

3. Si la matrícula de estos complementos es previa a la matrícula de la tutela académica producirá los siguientes efectos:

  • El estudiantado solo se matriculará de los complementos formativos
  • No se firmará el compromiso de supervisión ni se abrirá el documento de actividades del/a doctorando/la hasta su superación.
  • El desarrollo de aquellos ni computará a los efectos del límite temporal establecido para la realización de la tesis, ni a los efectos de los requisitos comunes de acceso al programa de doctorado

4. En el caso de cursar los complementos de formación simultáneamente con la tutela académica, el estudiantado se deberá matricular de dichos complementos en el momento de formalizar la matrícula de tutela académica en el programa de doctorado, y se deberán superar en el plazo máximo de tres cuatrimestres consecutivos; en el caso contrario se causará la baja del doctorando/a en el correspondiente programa de doctorado.

1. Solicitud

Podrán presentar la solicitud de preinscripción, en los plazos indicados en la convocatoria de matrícula, aquellas personas que cumplan con los requisitos de admisión generales y específicos de cada Programa de Doctorado. La solicitud se realizará a través de la secretaría virtual de la USC.

2. Documentación

El alumno/a cubrirá los datos persoales de acceso requeridos en la solicitude de admisión, incluyendo en la mesma:

a) Documento Nacional de Identidad (españoles), NIE (residentes en España) o Pasaporte (extranjeros).

b) Copia de la titulación de acceso

c) De ser el caso, los documentos específicos que se le exijan  por parte del Porgrama de Doutoramento en el que solicita la admisión. 

En el caso de títulos extranjeros homologados por el Ministerio de Educación español, se deberá añadir además, la copia de la credencial de homologación del título extranjero por el Ministerio de Educación español.

En el caso de títulos extranjeros no homologados, deberá añadir la solicitud de equivalencia correspondiente: Más información.

3. Resolución

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de preinscripción, la Comisión Académica de Doctorado (CAPD) de cada Programa de Doctorado baremará las solicitudes, atendiendo a los criterios de admisión y baremación previstos en cada Programa de Doctorado.

El Servicio de Gestión Académica publicará los listados provisionales de admitidos y excluídos el Tablón de anuncios Electrónico de la USC.

4. Subsanación

En el caso que la solicitud de preinscripción a un Programa de Doctorado resulte “admitida condicional”, para poder matricularse, el/la estudiante deberá proceder a subsanar su solicitud en el plazo establecido. Si no se subsana en el plazo establecido, el/la estudiante perderá el derecho a la reserva a la plaza inicialmente asignada, que se ofertará en el llamamiento de lista de espera.

5. Plazo de reclamación

Contra la resolución publicada, el alumno podrá presentar reclamación, en el plazo establecido, dirigida al Coordinador de la CAPD y se presentará a través de la Sede electrónica de la USC o en cualquiera de los lugares indicados de la Ley 39/2015 del 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Una vez resueltas el Servicio de Gestión Académica publicará en el Tableón de anuncios Electrónico de la USC los listados definitivos de alumnos/as admitidos, así como el listado de espera, de ser el caso.

Admisión e matrícula anticipada para titulados de sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior

Esta convocatoria está dirigida a las personas tituladas de sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) que tengan un título homologado a un título universitario oficial español o a otro expedido por una institución de educación superior perteneciente a otro estado miembro del EEES o un título declarado equivalente por el Ministerio de Educación, y que faculte en ambos casos para el acceso a estudios de doctorado.

También podrán acceder los/as titulados/as de sistemas educativos ajenos al EEES sin la necesidad de homologar su título, previa comprobación por la Universidad de que el título de la persona interesada acredita un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que faculta en el país expedidor para acceder a las enseñanzas de doctorado.

Quedan excluidos de esta convocatoria los estudiantes que tengan residencia en España o estén o estuviesen matriculados en cualquier titulación de las tres universidades gallegas. También quedan excluidos los estudiantes procedentes de sistemas educativos del Espacio Europeo de Educación Superior(EEES). Estos estudiantes podrán solicitar la admisión por la cuota general.

Debes hacer tu solicitud atendiendo a los plazos fijados a través de la Secretaría Virtual declarando los datos de los expedientes académicos de las titulaciones universitarias que te dan acceso.

Los contenidos de esta página se actualizaron el 08.10.2024.