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Matrícula en másteres

Hay dos modalidades de admisión y matrícula: máster con criterios generales de selección y máster con criterios específicos de selección

Es importante consultar el Calendario de matrícula en Másteres para conocer las fechas de solicitud de plaza y de matrícula.

Solicitud

Si deseas cursar alguno de los másteres oficiales donde se apliquen criterios generales de selección, deberás cubrir la solicitud en la Secretaría Virtual en el plazo indicado en el  Calendario de matrícula en Másteres, declarando los datos del expediente académico de la titulación universitaria que te da acceso.

Si procedes de sistemas educativos extranjeros, deberás adjuntar a la solicitud, además, la declaración de equivalencia de la nota media de tu expediente, que se obtiene a través del Ministerio de Educación, Cultura e Deporte.

Adjudicación de plazas

Una vez terminado el plazo de solicitud, si el número de solicitantes no excede del 10 % del número de plazas ofertadas, se asignará plaza a todas las personas que reúnan los requisitos.

En los másteres donde sea necesario realizar el proceso para la adjudicación de plazas, se tendrán en cuenta las cuotas de reserva de plazas, las prelaciones según las titulaciones de origen y la valoración del expediente académico. Las solicitudes se ordenarán, dentro de cada cuota y de cada grupo de titulaciones, con el mismo orden de prelación según la nota media del expediente académico. En los másteres donde existan grupos de ingreso, si, una vez adjudicadas las plazas de un determinado grupo, hay plazas vacantes, estas se repartirán en el resto de los grupos.

Formalización de la matrícula

Una vez publicados los listados de admisión y de espera, deberás formalizar la matrícula dentro del plazo establecido. De no matricularte en ese plazo, perderás tu derecho sobre la plaza adjudicada.

Asimismo, aquellas personas que estén en la lista de espera deberán expresar su voluntad de seguir optando a las plazas vacantes confirmándolo en cada una de las convocatorias previstas en su secretaría virtual, a través del mismo formulario electrónico con el que presentaron la solicitud. De no hacerlo, se entenderá que desisten de su solicitud, y esta ya no se tendrá en cuenta en la siguiente convocatoria.

  • En los másteres sin lista de espera por haber menos solicitudes que plazas, o con lista de espera, si esta se agotara, el alumnado sin solicitud previa podrá matricularse por orden de inscripción en el plazo de vacantes.
  • En aquellos másteres con lista de espera donde no se matriculara todo el alumnado admitido, las plazas vacantes se asignarán al alumnado de la lista de espera hasta completar el número total de plazas.
  • Si en algún máster con lista de espera que tenga ocupadas todas las plazas ofertadas se produce alguna anulación de matrícula, estas plazas se asignarán por llamamiento individual entre las personas que estén en la lista de espera.
  • Si se terminan las convocatorias y se  agotan las listas de espera sin que se cubran todas las plazas, las vacantes se adjudicarán por orden de solicitud de matrícula presentada.

En los másteres donde se establezcan criterios específicos de selección (experiencia profesional, acreditar la competencia en determinada área o cualquier otro que no se ajuste a los criterios generales), la comisión académica del máster será la que, inicialmente, seleccione al alumnado.

Si procedes de sistemas educativos extranjeros, deberás adjuntar a la solicitud, además, la declaración de equivalencia de la nota media de tu expediente, que se obtiene a través del Ministerio de Educación, Cultura e Deporte.

Solicitud

Para solicitar la admisión, deberás cubrir los datos en la Secretaría Virtual dentro del plazo establecido en el Calendario de matrícula de Másteres.

La documentación acreditativa de los méritos a valorar en los criterios específicos deberá entregarse por vía electrónica junto con la solicitud.

Se entenderá que el alumnado que no envíe ninguna documentación desea ser valorado únicamente por el expediente académico del que dispone la USC o por lo declarado en la solicitud.

Adjudicación de plazas

En aquellos másteres con menos solicitudes que plazas, se admitirá a todas las personas que hayan hecho la solicitud y cumplan los requisitos de admisión sin tener en cuenta los criterios de selección. A petición del/la coordinador/a del máster, cuando haya más solicitantes que plazas se podrá autorizar hasta un 10 % más de plazas.

Formalización de matrícula

Una vez publicadas las listas de admitidos y de espera, el alumnado admitido deberá formalizar la matrícula en el plazo señalado.  De no matricularse en ese plazo, perderá su derecho a las plazas adjudicadas.

En los másteres que no tengan lista de espera, por tener menos solicitudes que plazas, el alumnado sin solicitud previa podrá matricularse por orden de inscripción en el plazo establecido.

En aquellos másteres con lista de espera donde no se haya matriculado todo el alumnado admitido, las plazas vacantes se asignarán por llamamiento individual entre las personas que estén en la lista de espera, y se seguirá el orden de la lista hasta completar el número total de plazas. Se seguirá el mismo procedimiento cuando se produzca alguna anulación de matrícula.

Si, terminada la lista de espera, quedaran vacantes, el alumnado sin solicitud previa podrá matricularse por orden de inscripción hasta que se cubran las plazas o hasta el fin del plazo de vacantes.

Los contenidos de esta página se actualizaron el 30.05.2024.